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La Gran Logia de Francia es una Obediencia Masónica que opera como una federación de Logias masculinas (más de 780 Logias activas) que, a través de sus representantes, directamente elegidos por cada una de ellas, eligen a su vez un Gran Maestro/Presidente y un Consejo Federal que la administran, contando con una pluralidad de comisiones de trabajo. La Asamblea o Convento de los representantes de las Logias se reúne dos veces al año. Se rige por una Constitución, desarrollada en sus Reglamentos Generales.

La Gran Logia de Francia tiene bajo sus auspicios Logias situadas fuera del territorio francés, en espera de que lleguen a poder formar, en sus territorios y en algún momento, Obediencias independientes.
La GLDF se rige por el Rito Escocés Antiguo y Aceptado (REAA). Esta dirigida por un Consejo Federal de treinta y tres miembros, elegidos por un período de tres años por una Asamblea soberana compuesta por los diputados de las Logias. El Consejo Federal administra la Federación desde el respeto a la Constitución que ella misma se ha dado. Autoriza la creación de nuevas Logias y supervisa y vigila el respeto a la Tradición y al Rito.

El Consejo Federal está presidido por el Gran Maestro, elegido directamente por los diputados, según la siguiente estructura:

• El Gran Maestro
• El Primer Gran Maestro Adjunto
• El Segundo Gran Maestro Adjunto (del área mediterránea)
• El Gran Secretario
• El Gran Tesorero
• El Gran Orador (responsable de la aplicación de los reglamentos)
• El Gran Experto (responsable de la aplicación de los rituales)
• El Gran Canciller (responsable de las relaciones internacionales)
• El Gran Hospitalario (responsable de las obras sociales de la GLDF)

El Rito Escocés Antiguo y Aceptado (REAA)

La Gran Logia de Francia es una Orden Iniciática, que trabaja en los tres primeros grados del Rito Escocés Antiguo y Aceptado (que en total tiene 33 grados), es decir: Aprendiz, Compañero y Maestro. Este rito, caracterizado por su dimensión espiritual, es practicado por la gran mayoría de obediencias masónicas de todo el mundo.

La GLDF ha adoptado como texto de referencia las “Constituciones de Anderson” e invoca, en el desarrollo de todos sus trabajos al Gran Arquitecto del Universo, expresión simbólica del Principio Creador, libremente interpretable según su fuero interno por cada uno de los miembros de la obediencia.

Las “Constituciones de Anderson” se establecieron en 1723 por el pastor inglés James Anderson, el cual afirmaba que la Francmasonería debe ser el Centro de la Unión, una unión de hombres de orígenes, confesiones, condiciones sociales y de culturas diferentes que sin la Francmasonería, no podrían ser congregados y aceptados. Según este rito, la GLDF no impone ningún límite a la búsqueda de la Verdad para garantizar la libertad para todos y la tolerancia respecto a las individualidades.